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Las recientes
elecciones han fortalecido tanto al ejecutivo nacional como al provincial y no cabe
duda que este respaldo esta acompañado de una homogénea mezcla de esperanza
y reclamo de la sociedad argentina que amerita un mayor empeño de sus gobernantes
a fin de dar solución a los múltiples problemas que enfrentan diariamente.
El marco institucional y político aparece como favorable para el lucimiento
de aquellos que recibieron el favor de los ciudadanos. Los que ganaron espacio tienen
el mayor compromiso y los que detentan la minoría tienen la obligación
de ejercer un control constructivo, el ser opositores no les da patente de corzo para
oponerse a todo.
Una herramienta
útil y que se encuentra injustificadamente detenida, es el otorgamiento de
autonomía a los municipios. Así como lo ordena la Constitución
Nacional desde 1994 para finalizar con la actual estructura de poder altamente centralizada
que regula el margen de acción de los gobiernos municipales.
La autonomía
municipal trasciende su competencia administrativa actual y les permitiría
implementar agresivas políticas zonales y regionales (mediante acuerdos entre
municipios) que signifiquen una mejor y más transparente gestion de Gobierno
Municipal, y una mayor y concreta participación de los vecinos en el tratamiento
de la cosa pública, por ejemplo en la elección directa de los Delegados
Municipales con mayores responsabilidades y atribuciones y la realización de
Audiencias Publicas Vinculantes para la toma de decisiones cuya envergadura afecte
a un importante numero de vecinos.
Para concretar
esta reforma social se requiere de una acción conjunta de todos los sectores
políticos para reformar la constitución provincial, cuyo marco jurídico
regula los ingresos y gastos municipales mediante la Ley Orgánica de las Municipalidades,
una Ley que en su momento fue un instrumento idóneo para encausar los gobiernos
municipales pero que ya no resulta eficaz para tratar las situaciones que se dan en
nuestros municipios por sus diferentes fisonomías y condiciones particulares,
tanto sociales como económicas.
La Ley Orgánica
de las Municipalidades hace aparecer a los municipios como entidades autárquicas
ya que sus facultades y atribuciones provienen de la constitución provincial
y de la Ley de su creación, pero esto los encaja en un marco que no les permiten
realizar innovaciones políticas o económicas acordes a sus condiciones
particulares.
La autonomía
municipal que consagra la Constitución Nacional desde 1994 ha sido implementada
en la mayoría de las constituciones provinciales, pero en la bonaerense es
una asignatura pendiente a pesar de haber sido contemplada en el proyecto de la última
reforma que proponía, entre otros tópicos, el tratamiento del Régimen
Municipal. Lamentablemente los desacuerdos políticos dieron por tierra con
la iniciativa.
Concluyendo,
no quedan dudas que, el rol del Estado debe estar encaminado a generar y facilitar
la participación ciudadana en el sentido más amplio.
Democratizar
el poder y acercarlo a la gente es un deber inexcusable de quienes resultaron beneficiados
con un mandato, como tambien tener en claro, que los mandantes son el pueblo y que
en consecuencia deben facilitárseles las herramientas de gestion y control.
* Periodista de Investigación
Miembro de la AAPA y RedCalc
redaccion@iniciativaradial.com.ar
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